jueves, 9 de agosto de 2018

VENDEDORES AMBULANTES


Barranquilla, 8 de agosto de 2018


CIRCULAR No. 081

VENDEDORES AMBULANTES

Señores residentes, se les informa que el régimen de propiedad horizontal de Tivoly plaza es muy claro en su artículo 36 PROHIBICIONES, ítem 18 cuando contextualiza “Queda terminantemente prohibido el ingreso de vendedores ambulantes que traigan domicilios a los propietarios de las unidades privadas, los domicilios deben ser entregados en la portería de la edificación”

Tenemos un régimen de propiedad horizontal y un manual de convivencia amparado en la ley 675 de 2001 para quienes vivimos en copropiedades horizontales que hay que cumplir.

Agradecemos su comprensión y apoyo.

Cordial saludo,


MARTA LIGIA BARRETO V.
Administradora y Representante Legal


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